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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232978
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 57

LEYES. AMPARO CONTRA SU APLICACION. NO DEBE COMPUTARSE EL TERMINO PARA LA EXTEMPORANEIDAD DE LA DEMANDA A PARTIR DE LA PUBLICACION DE AQUELLAS.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 71, Primera Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo en revisión 2421/73. Humberto Medina Betancourt. 5 de noviembre de 1974. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 62, página 36. Amparo en revisión 1860/73. Fernando Aguayo Mireles. 19 de febrero de 1974. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Nota: En el Volumen 62, página 36, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES. AMPARO CONTRA SU APLICACION. NO DEBE COMPUTARSE EL TERMINO PARA LA EXTEMPORANEIDAD DE LA DEMANDA A PARTIR DE LA PUBLICACION.".
Registro digital (IUS): 232978