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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 69, Primera Parte; Pág. 34
PLUSVALIA, IMPUESTO DE. LEY DE COOPERACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, REFORMADA POR DECRETO 77 DE 24 DE AGOSTO DE 1967. EL SISTEMA ADOPTADO PARA LA FIJACION DEL TRIBUTO, NO VIOLA EL ARTICULO 31, FRACCION IV, DE LA CONSTITUCION FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 69, Primera Parte; Pág. 34
Los preceptos 9o., 10, 11, 12, 13, 14 y 15 de la Ley de Cooperación del Estado de Baja California, reformada el 24 de agosto de 1967, consignan un sistema que, de manera preponderante, toma en consideración la superficie del inmueble, su ubicación en relación con la obra, su distancia al eje de esta última y dando un trato diferente a las propiedades que tienen frente a la obra que a las que no lo tienen, así como aquéllas cuya superficie es irregular, sin descuidar desde luego, aquellos casos en que el predio se localice en esquina, ni aquellos otros en que tenga frente a dos vías públicas; proporcionando en cada hipótesis la fórmula precisa para obtener el área de homogeneización que servirá de pauta para la fijación del quantum que a cada causante tocara cubrir. Lo que, sin duda, revela estricto apego al artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo en revisión 2251/70. Alfonso Cárdenas González. 17 de septiembre de 1974. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Aurelio Sánchez Cárdenas.