Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/233024
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233024
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 68, Primera Parte; Pág. 30

EXPROPIACION, FACULTADES PARA LEGISLAR EN MATERIA DE. LA CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA CONSIGNADA EN EL ARTICULO 1o., FRACCION XI DE LA LEY DE EXPROPIACION DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1936, NO ES CONTRARIA A LOS ARTICULOS 16, 27 Y 133 DE LA CONSTITUCION FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 68, Primera Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 4707/72. Benjamín González Rosales y coagraviados. 20 de agosto de 1974. Unanimidad de quince votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Secretario: Aurelio Sánchez Cárdenas.
Registro digital (IUS): 233024