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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 68, Primera Parte; Pág. 43
OBRAS PUBLICAS, COOPERACION PARA. SON INCONSTITUCIONALES LOS ARTICULOS 428, 429, 430, 431 Y 433 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE ZACATECAS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 68, Primera Parte; Pág. 43
Los artículos 428, 429, 430, 431 y 433 de la Ley General de Hacienda del Estado de Zacatecas resultan violatorios del artículo 14 constitucional, ya que establecen que se causarán derechos de cooperación por la ejecución de obras públicas cuyo costo se derrama entre los causantes y a pesar de ello no concede la garantía individual de audiencia previa. Tratándose de derechos de cooperación, de particulares para obras públicas, el derecho de audiencia debe ser anterior y no posterior a la ejecución de las obras que se trata, si se sigue el sistema de derrama.
Precedentes
Amparo en revisión 2749/69. Flora Stephano. 27 de agosto de 1974. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Guillermo Baltazar Alvear.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "COOPERACION. SON INCONSTITUCIONALES LOS ARTICULOS 428, 429, 430, 431 Y 433 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE ZACATECAS.".