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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233046
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 19

LEY, AMPARO CONTRA. NO HAY CONSENTIMIENTO SI SE IMPUGNA PRIMERAMENTE SU APLICACION Y DESPUES SU CONSTITUCIONALIDAD.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 1435/67. Alfonso García Núñez. 16 de julio de 1974. Mayoría de trece votos. Disidentes: Franco Rodríguez, Rivera Silva, Rocha Cordero, Palacios Vargas, Solís López y Mario G. Rebolledo. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Juan Muñoz Sánchez. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CONSENTIMIENTO DE UNA LEY, NO EXISTE SI SE IMPUGNA PRIMERAMENTE SU APLICACION Y DESPUES SU CONSTITUCIONALIDAD.".
Registro digital (IUS): 233046