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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233052
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 75

SEGURO SOCIAL, ARTICULO 48 DE LA LEY DEL. NO VIOLA EL ARTICULO 22 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 75

Precedentes

Amparo en revisión 8350/68. Alambres y Derivados. 9 de julio de 1974. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 51, página 33. Amparo en revisión 706/72. Perforaciones Especializadas, S.A. 6 de marzo de 1973. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Volumen 47, página 67. Amparo en revisión 9948/68. Leopoldo Díaz Huerta. 14 de noviembre de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 47, página 67. Amparo en revisión 5886/70. Firmato Cárdenas Palacios. 14 de noviembre de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Nota: En el Volumen 47, página 67, la tesis aparece bajo el rubro "SEGURO SOCIAL. CAPITALES CONSTITUTIVOS. ARTICULO 48 DE LA LEY. NO VIOLA EL ARTICULO 22 CONSTITUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 233052