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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233054
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 77

SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE POR CONSENTIMIENTO DE UNA LEY CUANDO EL QUEJOSO AGOTO PREVIAMENTE UN RECURSO O MEDIO DE DEFENSA LEGAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 67, Primera Parte; Pág. 77

Precedentes

Amparo en revisión 4471/73. Raymundo García Baca. 30 de julio de 1974. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Juan Muñoz Sánchez. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO POR CONSENTIMIENTO DE UNA LEY. ES IMPROCEDENTE CUANDO EL QUEJOSO AGOTO PREVIAMENTE UN RECURSO O MEDIO DE DEFENSA LEGAL.".
Registro digital (IUS): 233054