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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233056
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 66, Primera Parte; Pág. 13

AGENTES ADUANALES, SUS ACTIVIDADES TIENEN EL CARACTER DE UNA PRESTACION DE SERVICIOS SEMIPROFESIONALES.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 66, Primera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 2620/51. Héctor Raúl García y coagraviados (acumulados). 4 de junio de 1974. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Ezequiel Burguete Farrera, Rafael Rojina Villegas, Antonio Rocha Cordero, Enrique Martínez Ulloa y Jorge Saracho Alvarez. Ponente: Alfonso López Aparicio. Véase Semanario Judicial de la Federación: Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen CI, página 11, tesis de rubro "AGENTES ADUANALES. COMPETENCIA DE LAS JUNTAS CENTRALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CUANDO FIGURAN COMO DEMANDADOS EN UN CONFLICTO LABORAL.". Volumen CXXV, página 14, tesis de rubro "AGENTES ADUANALES. SUS ACTIVIDADES TIENEN EL CARACTER DE UNA PRESTACION DE SERVICIOS SEMIPROFESIONALES.". Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 34, página 26, tesis de rubro "AGENTES ADUANALES. SUS ACTIVIDADES TIENEN EL CARACTER DE UNA PRESTACION DE SERVICIOS SEMIPROFESIONALES. SUPERVISION ESTATAL.".
Registro digital (IUS): 233056