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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233059
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 66, Primera Parte; Pág. 27

AMPARO CONTRA LEYES. TERMINO PARA INTERPONERLO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 66, Primera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 41/59. Espectáculos Deportivos "Frontón México", S.A. 18 de junio de 1974. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Ernesto Solís López. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 22, página 52. Amparo en revisión 1982/57. Inmuebles Victoria, S.A. 27 de octubre de 1970. Mayoría de diecisiete votos. Disidentes: Enrique Martínez Ulloa y Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Abel Huitrón y A. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen CXI, página 11. Amparo en revisión 5201/64. Lucero Josefa Rojas de Villafán. 20 de septiembre de 1966. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Primera Parte, Pleno, tesis 3, página 18, bajo el rubro "AMPARO CONTRA LEYES, TERMINO PARA INTERPONERLO.".
Registro digital (IUS): 233059