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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 64, Primera Parte; Pág. 14
AUTOMOVILES. IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE. NO ES DESPROPORCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 64, Primera Parte; Pág. 14
El que pudiera o no afectarse el capital, no hace desproporcional el impuesto sobre uso y tenencia de automóviles, que regula una situación diversa de la que contempla la ley que grava los productos del capital (artículo 316 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal y artículos 60, 67 y demás relativos de la Ley del Impuesto sobre la Renta). En efecto, en el caso se contempla una ley que establece un impuesto que repercute sobre el capital o la riqueza de los particulares, en el aspecto de la propiedad de vehículos automotores, y sus disposiciones son aplicables a todos los propietarios de ese tipo de vehículos que se encuentran comprendidos en la hipótesis de la misma ley.
Precedentes
Amparo en revisión 6049/67. Julio Sosa Basáñez y coagraviados (acumulados). 16 de abril de 1974. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.