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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 64, Primera Parte; Pág. 19
DEMANDA DE AMPARO Y AMPLIACION DE LA MISMA. DEBEN SER TOMADAS EN CUENTA EN SU INTEGRIDAD PARA RESOLVER LOS JUICIOS DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 64, Primera Parte; Pág. 19
No existe en manera alguna suplencia de la queja al tomar en cuenta para resolver un juicio de amparo, la ampliación de la demanda presentada en tiempo, misma que por criterio reiterado de esta Suprema Corte de Justicia debe ser tomada en su integridad, junto con la demanda de amparo, para su estudio.
Precedentes
Amparo en revisión 4674/69. Ernesto Elías y coagraviados. 2 de abril de 1974. Mayoría de doce votos. Disidentes: Franco Rodríguez, Burguete, Rojina Villegas, Rocha Cordero, Martínez Ulloa, Palacios Vargas, Saracho Alvarez y Guerrero Martínez. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Francisco M. Ramírez.