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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 40
LEY, AMPARO CONTRA. CUANDO HAY CONSENTIMIENTO DE LA MISMA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 40
Si en dos amparos, promovidos por el mismo quejoso, se reclaman dos actos de aplicación distintos, pero absolutamente iguales en cuanto al precepto legal en que se fundan expresamente, ya que en ambos casos se aplicó el mismo precepto del mismo ordenamiento legal, tiene que pedirse amparo contra la ley en el primer acto de aplicación de ésta; si en ese juicio no se pidió amparo contra la ley, se consintió la misma, conforme lo expresa la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo, y, respecto a todos los demás actos, aunque se trate de distintos actos de aplicación, debe sobreseerse, porque la ley cuya constitucionalidad se objetó se considera consentida.
Precedentes
Amparo en revisión 5714/54. Constructora Delta, S.A. 11 de julio de 1972. Mayoría de doce votos. Disidentes: Rivera Silva e Iñárritu. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.