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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233163
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 60, Primera Parte; Pág. 37

PELUQUERIAS Y SALONES DE BELLEZA, REGLAMENTO PARA, CONTENIDO EN EL DECRETO NUMERO 315, DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1938, DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. NO ES AUTOAPLICATIVO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 60, Primera Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 4401/50. José Guadalupe Torres. 29 de agosto de 1972. Mayoría de diez votos. Disidentes: Del Río Rodríguez, G. Rebolledo, Jiménez Castro, Rivera Silva, Huitrón y Aguado, Iñárritu y Palacios Vargas. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Amparo en revisión 4319/50. Francisco Torres. 7 de septiembre de 1971. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Registro digital (IUS): 233163