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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233165
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 60, Primera Parte; Pág. 53

UNIONES DE CREDITO. LAS OPERACIONES PROPIAS DE SU OBJETO COMO ORGANIZACIONES AUXILIARES DE CREDITO, NO PUEDEN SER GRAVADAS POR LOS ESTADOS, DISTRITO FEDERAL, NI POR LOS MUNICIPIOS (LEY DE HACIENDA NUMERO 81 DEL ESTADO DE SONORA, ARTICULO 264, FRACCION VIII).

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 60, Primera Parte; Pág. 53

Precedentes

Amparo en revisión 3683/70. Unión de Crédito Agrícola de Hermosillo S.A. de C.V. (acumulados). 9 de enero de 1973. Mayoría de diez votos. Disidentes: Guerrero López, del Río, Rebolledo, Burguete Farrera, Iñárritu, Jiménez Castro, Rivera Silva, Huitrón y Guerrero Martínez. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Registro digital (IUS): 233165