Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/233194
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 58, Primera Parte; Pág. 17
COMPETENCIA ENTRE UN TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA LABORAL Y OTRO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, TRATANDOSE DE ELECCIONES SINDICALES.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 58, Primera Parte; Pág. 17
Cuando los actos que se reclaman son los que tienden a reconocer la validez de las elecciones realizadas para integrar el Comité Ejecutivo Local de un Sindicato y reconocer la personalidad de los que resultaron electos, es decir, trata de elecciones sindicales, obviamente tales actos revisten gran trascendencia dentro del derecho laboral. Y si se trata de un conflicto entre miembros de un sindicato, dicho acto se encuentra comprendido dentro del derecho laboral, pues éste no sólo abarca los problemas suscitados entre los factores de la producción, patronos y trabajadores, sino también los que se susciten entre estos últimos. Los mismos actos, formalmente, también son laborales, pues derivan uno del secretario del Trabajo y Previsión Social y otros jefes de Departamento de la misma secretaría, y otros, de Inspectores Federales del Trabajo, que son autoridades del trabajo, según se advierte del artículo 523 de la nueva Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 22/73. Suscitada entre el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y el Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo, ambos del Primer Circuito, para no conocer del recurso de revisión interpuesto en el juicio de amparo promovido por Ricardo Téllez Silva y coagraviados, contra actos del Jefe del Departamento de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y otras autoridades. 16 de octubre de 1973. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.