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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233220
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 56, Primera Parte; Pág. 43

NULIDAD DE ACTUACIONES. EL ARTICULO 77 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES, NO VIOLA LA GARANTIA DE AUDIENCIA.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 56, Primera Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo en revisión 578/67. Gabriel Sil Ortiz. 7 de agosto de 1973. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "GARANTIA DE AUDIENCIA. ARTICULO 77 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.".
Registro digital (IUS): 233220