Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/233221
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233221
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 56, Primera Parte; Pág. 46

PLANIFICACION, IMPUESTO PARA OBRAS DE. EL ESTABLECIDO EN EL TITULO IX DE LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL ESTA DESTINADO A UN GASTO PUBLICO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 56, Primera Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 2844/61. Clotilde Acevedo viuda de Flores. 14 de agosto de 1973. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "PLANIFICACION, IMPUESTO PARA OBRAS DE. EL ESTABLECIDO EN EL TITULO IX DE LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL NO CONTRARIA EL REQUISITO DE QUE DEBE ESTAR DESTINADO A UN GASTO PUBLICO.".
Registro digital (IUS): 233221