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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 55, Primera Parte; Pág. 21
CAMINOS FEDERALES, COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES LOCALES PARA CONCEDER PERMISOS DE RUTA PARA EXPLOTARSE LOS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 55, Primera Parte; Pág. 21
No existiendo duda de que los tramos a que se refieren los permisos de ruta expedidos por las autoridades locales de una entidad federativa son federales, no resulta justificante alegar, a las autoridades otorgantes de los permisos, que éstos se expidieron para explorarse en los tramos comprendidos dentro del territorio del Estado sobre el que tienen jurisdicción, pues ni en todo ni en parte pueden las autoridades locales de las entidades federativas disponer del uso de una vía general de comunicación, pues con tal criterio sería nugatoria la jurisdicción de la Federación, si cada entidad federativa que une una vía general de comunicación pretendiera disponer en su tramo estatal del uso y explotación de dicha vía general de comunicación.
Precedentes
Amparo en revisión 1631/61. Cooperativa de Autotransportes Cuauhtémoc, S.C.L. y coagraviados. 24 de julio de 1973. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Juan Muñoz Sánchez.