Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/233268
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 53, Primera Parte; Pág. 33
IMPUESTOS SOBRE UNA MATERIA IMPOSITIVA CONCURRENTE. LA EXISTENCIA DE VARIOS, NO VIOLA EL ARTICULO 31 FRACCION IV CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 53, Primera Parte; Pág. 33
Tratándose de una materia impositiva concurrente, respecto de la cual pueden legislar tanto la Federación como los Congresos Locales, la existencia de un impuesto en favor de cada una de esas entidades, no implica violación al artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, pues conforme a tal estatuto constitucional, es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos de la Federación, de los Estados y del Municipio en que residan. En todo caso, la desproporcionalidad y la inequidad del impuesto podría derivar del sistema que para la fijación del monto del tributo, señalen las leyes correspondientes.
Precedentes
Amparo en revisión 3831/62. J. Trinidad Verdín Aguila y coagraviados. 8 de mayo de 1973. Unanimidad de quince votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTOS SOBRE UNA MATERIA IMPOSITIVA CONCURRENTE. LA EXISTENCIA DE VARIOS IMPUESTOS NO VIOLA EL ARTICULO 31 FRACCION IV CONSTITUCIONAL.".