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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 51, Primera Parte; Pág. 35
SEGURO SOCIAL. INSCRIPCION VOLUNTARIA DE LAS EMPRESAS. IMPLICA EL CONSENTIMIENTO DE LA LEY.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 51, Primera Parte; Pág. 35
Cuando la empresa quejosa se ha inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social, y esta institución la registra y por ello le cobra las cuotas correspondientes, es claro que no puede después esa empresa acudir al amparo impugnando la inconstitucionalidad de la Ley del Seguro Social, toda vez que la consintió al momento de la inscripción.
Precedentes
Amparo en revisión 1519/49. Cooperativa Industrial de Panaderos "La Productora de Pan", S.C.L. 22 de marzo de 1973. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ernesto Solís López.