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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233318
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 50, Primera Parte; Pág. 59

IMPUESTOS LOCALES, EXENCION DE. NO ES NECESARIO PARA OPERAR, QUE LAS LEYES TRIBUTARIAS LA ESTABLEZCAN EXPRESAMENTE EN FAVOR DE PERSONAS Y COSAS SUJETAS A UN REGIMEN FISCAL FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 50, Primera Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo en revisión 2801/72. Autotransportes del Sur de Jalisco, S.A. de C.V. 15 de febrero de 1973. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 38, página 31. Amparo en revisión 1461/68. Petróleos Mexicanos. 29 de febrero de 1972. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 19, página 66. Amparo en revisión 3482/69. Unión de Crédito Agrícola de Hermosillo, S.A. de C.V. 21 de julio de 1970. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 233318