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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233325
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 50, Primera Parte; Pág. 69
PLUSVALIA, CUANDO EXISTE INTERES JURIDICO PARA IMPUGNAR EL IMPUESTO DE.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 50, Primera Parte; Pág. 69
La circunstancia de que las pruebas presentadas por la quejosa sean insuficientes para acreditar la propiedad sobre el inmueble de que se trata, es intrascendente para acreditar su interés jurídico en impugnar el impuesto de plusvalía que se le cobra, tomando en cuenta que para ello es suficiente que el cobro se dirija precisamente a la peticionaria del amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 2732/52. Guillermina Vergara de Elizondo. 27 de febrero de 1973. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.