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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 49, Primera Parte; Pág. 27
INSTITUCIONES DE CREDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 264, FRACCION VIII, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE SONORA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 49, Primera Parte; Pág. 27
Conforme al artículo 264, fracción VIII, de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora, están exentos del impuesto general al comercio e industria los ingresos que provengan de operaciones efectuadas por instituciones de crédito y organizaciones auxiliares de seguros y de fianzas, que sean propias de su objeto directo. El mismo precepto es inconstitucional, en virtud de que el legislador del Estado de Sonora pretende distinguir, para los efectos fiscales dentro de su jurisdicción, una ley expedida por el Congreso Federal referente a una materia sobre la cual el propio Congreso es el único facultado para legislar, en los términos del artículo 73, fracciones X y XXIX, tercer párrafo, de la Carta Magna. Como consecuencia, resulta que se invade la esfera de la autoridad federal con la ley ordinaria reclamada, que pretende distinguir entre objeto directo y objeto indirecto de las instituciones de crédito y organizaciones auxiliares, de seguros y de fianzas.
Precedentes
Amparo en revisión 3683/70. Unión de Crédito Agrícola de Hermosillo, S.A. de C.V. (acumulados). 9 de enero de 1973. Mayoría de diez votos. Disidentes: Guerrero López, del Río Rodríguez, Rebolledo, Burguete Farrera, Jiménez Castro, Jorge Iñárritu, Rivera Silva, Huitrón y Aguado y Guerrero Martínez. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "HACIENDA DEL ESTADO DE SONORA. ES INCONSTITUCIONAL EL ARTICULO 264 FRACCION VIII DE LA LEY DE. INSTITUCIONES DE CREDITO.".