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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 45, Primera Parte; Pág. 63
PROFESIONES. LOS ARTICULOS 3o. Y 9o. DE LA LEY NUMERO 42 DE 15 DE DICIEMBRE DE 1967 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, NO VIOLAN EL ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 45, Primera Parte; Pág. 63
La Ley número 42, de 15 de diciembre de 1967, del Municipio del Cajeme, Sonora, y que en sus artículos 3o. y 9o. incluye los ingresos provenientes del ejercicio de las profesiones liberales, no grava individualmente a personas determinadas, sino que dicha ley tiene las características de ser abstracta e impersonal, respetándose con ello la garantía que consagra el artículo 13 constitucional, o sea que se aplica por igual a todos los causantes que se encuentran en los supuestos de la norma en igualdad de circunstancias, no desapareciendo tampoco su vigencia después de su aplicación, como sucede en las leyes privativas, características que ha señalado esta Suprema Corte de Justicia, a través de la tesis que con el número 17 aparece publicada en la página 58 del volumen de jurisprudencia correspondiente al Pleno, publicado por el Semanario Judicial de la Federación, y que abarca del año de 1917 a 1965.
Precedentes
Amparo en revisión 875/69. Luis Manuel Rojas. 5 de septiembre de 1972. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INGRESOS. LOS ARTICULOS 3o. Y 9o. DE LA LEY NUMERO 42 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, NO VIOLAN EL ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL.".