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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233396
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 45, Primera Parte; Pág. 67
VIAS GENERALES DE COMUNICACION. LEY ESTATAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES DE GUERRERO, DE 26 DE DICIEMBRE DE 1951.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 45, Primera Parte; Pág. 67
Los Estados pueden gravar los ingresos de las compañías constructoras que contratan con la Federación la realización de una obra en territorios de aquéllos, sin que ello implique que violen la Ley de Vías Generales de Comunicación en sus artículos 1o., 2o., 3o., 7o. y 21, pues, al hacerlo, no están legislando sobre vías generales de comunicación propiamente, sino sobre los ingresos que las compañías constructoras perciben en su jurisdicción.
Precedentes
Amparo en revisión 5480/54. Constructores de América, S.A. 26 de septiembre de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "VIAS GENERALES DE COMUNICACION. (LEGISLACION DE GUERRERO).".