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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233406
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 29

GARANTIA DE AUDIENCIA PREVIA, EXCEPCIONES A LA, EN MATERIA FISCAL.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 7056/63. Trinidad Díaz González. 1o. de agosto de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen CV, página 85. Amparo en revisión 1568/65. Lucía Margarita Mantilla de Krauze. 29 de marzo de 1966. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen XCVII, página 28. Amparo en revisión 6390/63. Rafael Añorve Valverde y coagraviados. 27 de julio de 1965. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volumen LVI, página 136. Amparo en revisión 4506/54. Carmen Rábago de Alvarez, sucesión. 28 de febrero de 1962. Mayoría de once votos. Disidentes: Tena Ramírez, Mendoza González, Azuela y Matos Escobedo. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 233406