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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 31
HERENCIAS Y LEGADOS, LA MUERTE DEL AUTOR DE LA HERENCIA GENERA LA OBLIGACION TRIBUTARIA A QUE SE REFIERE LA LEY FEDERAL DE IMPUESTOS SOBRE.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 44, Primera Parte; Pág. 31
La muerte del autor de la sucesión origina los siguientes efectos: a) Se abre la sucesión; b) Se determina la existencia, capacidad y orden de las personas que han de heredar; c) Es el instante en que la propiedad de los bienes pasa de pleno derecho a los herederos; d) Comienza la indivisión entre éstos; y, e) Empieza a regular esta situación la ley que ha de regir la transmisión sucesoral y la ley que habrá de regular los impuestos que deben pagarse. Conforme al artículo 1o. de la Ley Federal de Impuestos sobre Herencias y Legados, el hecho que genera la obligación tributaria es la muerte del autor de la herencia y las condiciones de aplicación de la ley tributaria mencionada se refieren, no al momento del nacimiento de la obligación tributaria, sino a la preparación para el momento de exigibilidad de la prestación tributaria.
Precedentes
Amparo en revisión 7389/66. Sucesión de Jorge Colomic y herederos. 29 de agosto de 1972. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 43, página 89. Amparo en revisión 4825/66. Sucesión de Jorge Colomic y herederos. 25 de julio de 1972. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Abel Huitrón.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "HERENCIAS Y LEGADOS, LA MUERTE DEL AUTOR DE LA HERENCIA ORIGINA DIVERSOS EFECTOS, CONFORME AL ARTICULO 1o. DE LA LEY FEDERAL DE IMPUESTOS SOBRE HERENCIAS Y LEGADOS, YA QUE ES EL HECHO QUE GENERA LA OBLIGACION TRIBUTARIA DE.".