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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233437
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 42, Primera Parte; Pág. 37

VEHICULOS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO, QUE SE INTRODUCEN AL PAIS POR RESIDENTES EN ZONAS FRONTERIZAS. EL DECRETO DE 2 DE JULIO DE 1956, NO ES AUTOAPLICATIVO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 42, Primera Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 3792/57. Heliodoro García y coagraviados. 1o. de junio de 1972. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Registro digital (IUS): 233437