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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233449
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 42, Primera Parte; Pág. 63

SEGURO SOCIAL, LEY DEL. CAPITALES CONSTITUTIVOS.

[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 42, Primera Parte; Pág. 63

Precedentes

Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 37, página 40. Amparo en revisión 5976/69. Anderson Claytón & Co., S.A. 11 de enero de 1972. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Volumen 38, página 54. Amparo en revisión 8112/68. Empresas Longoria, S.A. 23 de febrero de 1972. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ernesto Solís López. Volumen 38, página 54. Amparo en revisión 2679/70. Triturados y Concretos, S.A. 23 de febrero de 1972. Unanimidad de quince votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Volumen 38, página 54. Amparo en revisión 4238/70. Grancor Internacional, S.A. 23 de febrero de 1972. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 38, página 54. Amparo en revisión 3490/71. Sociedad Kyle de México, S.A. 23 de febrero de 1972. Unanimidad de quince votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "SEGURO SOCIAL, LEY DEL.".
Registro digital (IUS): 233449