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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 40, Primera Parte; Pág. 16
COOPERACION. PAVIMENTO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 40, Primera Parte; Pág. 16
Es infundado el concepto de violación que pretende apoyarse en el supuesto inexacto de que los directamente beneficiados con las obras de pavimentación lo son los propietarios de los vehículos que transitan por la calle relativa, y no los propietarios de las fincas, estimación incorrecta, ya que si bien es cierto que toda obra de urbanización aporta utilidad a todos los habitantes de una población, el beneficio inmediato y directo lo reciben los propietarios o poseedores de los inmuebles relativos, que como en el caso del pavimento, reciben numerosas ventajas, en cuanto los predios resultan mejor comunicados.
Precedentes
Amparo en revisión 746/71. Ramona C. viuda de Félix y otros. 25 de abril de 1972. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen L, página 90. Amparo en revisión 4183/59. María Teresa Chávez Campomanes y coagraviados. 22 de agosto de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.