Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/233487
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233487
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 38, Primera Parte; Pág. 14

APELACION EN EL EFECTO DEVOLUTIVO. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 639 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 38, Primera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 4255/69. Alfonso Hernández Bedolla. 15 de febrero de 1972. Unanimidad de quince votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION ADMITIDA SOLO EN EL EFECTO DEVOLUTIVO. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 639 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO, QUE ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE EJECUTAR LA RESOLUCION RECURRIDA.".
Registro digital (IUS): 233487