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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233489
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 38, Primera Parte; Pág. 17

CODIGO SANITARIO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. SU ARTICULO 282 CUMPLE CON LA GARANTIA DE LEGALIDAD.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 38, Primera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 1406/48. Carlos y Juan Béistegui. 8 de febrero de 1972. Mayoría de once votos. Disidentes: Carlos del Río Rodríguez, Ezequiel Burguete Farrera, Jorge Iñárritu, Manuel Yáñez Ruiz, Pedro Guerrero Martínez, Salvador Mondragón Guerra, Ernesto Aguilar Alvarez y Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 233489