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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 35, Primera Parte; Pág. 36
COPRA Y COCO EN BOLA, DECRETO NUMERO 131 DEL CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA, PUBLICADO EL PRIMERO DE FEBRERO DE 1964, QUE ESTABLECE UN IMPUESTO ESPECIAL A LA PRODUCCION DE. SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 35, Primera Parte; Pág. 36
El Congreso del Estado expidió el Decreto Número 23, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" de veintiséis de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro, por el cual se deroga el Decreto Número 131. En las relacionadas condiciones, opera la casual de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción XVI de la Ley de Amparo, en virtud de que han cesado los efectos del Decreto Número 131 de 24 de enero de 1964, y con apoyo en el artículo 74, fracción III de la misma Ley de Amparo, procede decretar el sobreseimiento del amparo que se promueva contra actos del Congreso y otras autoridades del Estado de Colima, consistentes esencialmente en la expedición, promulgación, refrendo, publicación y aplicación del citado Decreto Número 131 de 24 de enero de 1964, por el cual se estableció un impuesto especial a la producción de copra y coco en bola que se producen en el Estado.
Precedentes
Amparo en revisión 8924/64. Ladislao Moreno Barreto y coagraviados. 4 de noviembre de 1971. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.