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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233568
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 33, Primera Parte; Pág. 13

ACCION PENAL, NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS DEL SUPUESTO OFENDIDO LA NEGATIVA DEL MINISTERIO PUBLICO PARA EJERCITARLA.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 33, Primera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 2281/57. Elodia Martínez L. 7 de septiembre de 1971. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION PENAL. NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS LA NEGATIVA PARA EJERCITARLA.".
Registro digital (IUS): 233568