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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 31, Primera Parte; Pág. 16
CONSULTAS A LAS AUTORIDADES FISCALES. NO CONSTITUYEN SOMETIMIENTO A LA DISPOSICION CONSULTADA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 31, Primera Parte; Pág. 16
La simple consulta de un causante a las autoridades fiscales sobre si las propias autoridades lo estiman comprendido dentro de los supuestos de un precepto tributario, no constituye un sometimiento a la propia disposición, expreso o tácito, puesto que el interesado no está aceptando la aplicabilidad del precepto, ni tampoco se acoge al mismo.
Precedentes
Amparo en revisión 67/57. Compañía Mexicana de Transportes Ferroviarios, S.A. de C.V. 8 de junio de 1971. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Abel Huitrón y A.