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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233633
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 30, Primera Parte; Pág. 63
APARATOS MUSICALES, MECANICOS Y ELECTROMECANICOS. EL ARTICULO 13 DE LA LEY PARA EL FUNCIONAMIENTO Y EXPLOTACION DE, NO VIOLA EL ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL (LEGISLACION DE BAJA CALIFORNIA).
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 30, Primera Parte; Pág. 63
El artículo 13 mencionado no viola el artículo 4o. constitucional que consagra la libertad de trabajo, porque la finalidad de dicho precepto impugnado, es la satisfacción de un interés colectivo, toda vez que la reglamentación del horario a que debe sujetarse el funcionamiento de los aparatos de que se trata, se hace con el propósito de respetar la tranquilidad de todas las personas cuyos domicilios se encuentren en las cercanías del lugar en donde se explota su funcionamiento. Por otra parte, no se prohíbe a las personas cuyo trabajo o comercio consiste en la explotación de estos aparatos, que se dediquen al trabajo o comercio que les acomode, puesto que lo único que hace el artículo 13 impugnado es reglamentar el horario adecuado para su funcionamiento.
Precedentes
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 7, página 17. Amparo en revisión 9054/66. Gustavo Gallardo Frías. 8 de julio de 1969. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Volumen 18, página 14. Amparo en revisión 3803/67. Vicente Palafox y coagraviados. 16 de junio de 1970. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Volumen 22, página 13. Amparo en revisión 3762/67. León Saldaña Domínguez. 27 de octubre de 1970. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 30, página 14. Amparo en revisión 3502/67. Aparatos Musicales, S.A. y Ernesto Belloso Arreola. 22 de junio de 1971. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 30, página 14. Amparo en revisión 3533/67. Impulsora de Turismo de Baja California, S.A. y coagraviados. 22 de junio de 1971. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Jorge Iñárritu.