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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233651
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 28, Primera Parte; Pág. 71

SENTENCIAS DE AMPARO, EXCESO O DEFECTO DE EJECUCION E INEJECUCION DE.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 28, Primera Parte; Pág. 71

Precedentes

Sentencia 7/70 derivado del juicio de amparo 323/65 del Juzgado de Distrito en el Estado de Puebla, promovido por Gustavo Hermida Torres. 20 de abril de 1971. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXXVII, Primera Parte, página 61, tesis de rubro "INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA, CUANDO SE TRATA DE REPETICION DEL ACTO RECLAMADO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL PLENO.".
Registro digital (IUS): 233651