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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 27, Primera Parte; Pág. 63
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LEY DEL, PUBLICADA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1953. SU ARTICULO 24 ES INCONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 27, Primera Parte; Pág. 63
Existe falta de equidad y proporcionalidad del impuesto establecido en el primer párrafo del primitivo artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta publicado en el Diario Oficial de la Federación de 31 de diciembre de 1953, por infracción de lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal. En efecto, el citado artículo 24 establece en la parte relativa, lo siguiente: "Cubrirán el impuesto en esta Cédula (I) las sociedades mercantiles, sobre los ingresos que obtengan por el arrendamiento de bienes inmuebles". El examen de esta disposición permite considerar que en la misma se establece una distinción injustificada entre las sociedades mercantiles y los comerciantes individuales que realizan el mismo género de actos lucrativos y obtienen la misma categoría de ingresos, cuando arriendan inmuebles en relación con su actividad mercantil; esto significa que la disposición examinada coloca en una situación desigual a sujetos que tienen la misma capacidad contributiva y obtienen el mismo género de ingresos; esto es, sitúa a las sociedades mercantiles, en un plano falto de equidad desde el punto de vista tributario, en relación con los comerciantes individuales que obtienen similares ingresos de las mismas fuentes impositivas.
Precedentes
Amparo en revisión 6431/60. Valle de México, S.A. 23 de marzo de 1971. Mayoría de dieciséis votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 18, página 31. Amparo en revisión 4291/58. Ferrer, S.A. 2 de junio de 1970. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "RENTA, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA. CONSTITUCIONALIDAD DE SU ARTICULO 24, EN SU TEXTO VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1955.".