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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233674
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 26, Primera Parte; Pág. 56

INFORME JUSTIFICADO, LA FALTA DEL, NO IMPIDE AL JUZGADOR ANALIZAR LA IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 26, Primera Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo en revisión 2136/69. Omelino Chong Villatoro. 25 de febrero de 1971. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Registro digital (IUS): 233674