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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233714
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 24, Primera Parte; Pág. 60
VEHICULOS PROPULSADOS POR MOTORES TIPO DIESEL Y POR MOTORES ACONDICIONADOS PARA USO DE GAS LICUADO DE PETROLEO, CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 32 DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA 1966, QUE REFORMO EL ARTICULO 4o. DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE (MONOPOLIOS).
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 24, Primera Parte; Pág. 60
Al señalar el referido artículo 32 una tarifa con cuotas mayores para los vehículos propulsados por gas, se han tomado en cuenta el precio y demás condiciones económicas del gas licuado de petróleo, de manera que las ventajas que éste tiene sobre el diesel justifican la elevación del impuesto; quedando quienes se dedican al servicio del transporte en libertad de utilizar el combustible que más les acomode, tomando en cuenta correlativamente el impuesto que grava los vehículos de una u otra clase; y por esta situación de libertad no puede considerarse como un monopolio, porque no produce ninguna ventaja a favor de determinada clase de personas, y por consiguiente no es exacto que infrinja el artículo 28 constitucional.
Precedentes
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen CXXXIII, página 123. Amparo en revisión 10142/66. Rente un Tanque, S.A. 2 de julio de 1968. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 18, página 95. Amparo en revisión 10141/66. Gas de Hidalgo, S.A. y otros (acumulados). 31 de marzo de 1970. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Mariano Azuela.
Volumen 20, página 88. Amparo en revisión 8454/66. Gas Comercial e Industrial, S.A. y coagraviados (acumulados). 11 de agosto de 1970. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.
Volumen 20, página 88. Amparo en revisión 3740/69. "Combustibles", S.A. 25 de agosto de 1970. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 22, página 88. Amparo en revisión 9690/68. Pre-Concreto, S.A. 6 de octubre de 1970. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.