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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 21, Primera Parte; Pág. 31
AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 21, Primera Parte; Pág. 31
Decretado el sobreseimiento por lo que respecta a los actos dictados por las autoridades responsables, debe también decretarse respecto a las autoridades que sean o que tengan el carácter de ejecutoras de los mismos actos, porque debiendo sobreseerse con respecto a aquéllas es indiscutible que no pueda examinarse la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los procedimientos de ejecución.
Precedentes
Amparo en revisión 4041/52. Luis Castro. 10 de septiembre de 1970. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXVIII, página 1008, tesis de rubro " AUTORIDADES EJECUTORAS.".