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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 15, Primera Parte; Pág. 27
CAMARAS DE COMERCIO, LEY DE, DE 2 DE MAYO DE 1941. ES AUTOAPLICATIVA AMPARO IMPROCEDENTE POR EXTEMPORANEIDAD DE LA DEMANDA.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 15, Primera Parte; Pág. 27
La Ley de Cámaras de Comercio que fue expedida y entró en vigor el 2 de mayo de 1941, es de carácter autoaplicativo, porque impone obligaciones inmediatas a su vigencia a los comerciantes e industriales que señala. Este tipo de leyes, conforme a la Ley de Amparo vigente en la fecha de su expedición, debían combatirse dentro de los treinta días siguientes a su vigencia, luego es evidente que el amparo promovido en contra de ella fuera de dicho término, es improcedente.
Precedentes
A.R. 5434/51. Enrique Movellan y coagraviados. 5 de marzo de 1970. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.