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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233826
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 14, Primera Parte; Pág. 27
PLANIFICACION Y ZONIFICACION, LEY DE, DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES DE 29 DE ABRIL DE 1949. SU SOLA EXPEDICION, PROMULGACION, PUBLICACION Y AUTORIZACION, NO SON VIOLATORIAS DE INTERESES PARTICULARES.
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 14, Primera Parte; Pág. 27
La aprobación, expedición, promulgación, publicación y autorización de la Ley de Planificación y Zonificación del Estado de Aguascalientes de fecha 29 de abril de 1949, así como la integración de la Comisión de Planificación del Estado, y aprobación del plano regular de esa Entidad Federativa, no son en si mismas violatorias de los intereses de los particulares porque si no ha habido por parte de la autoridad una aplicación individualizada de la ley combatida en su contra afectándoles su patrimonio, los actos reclamados no les afectan, sin que haya razón para considerar que la posible violación del derecho que pueden tener de formar parte de la Comisión de Planificación del Estado redunde en un perjuicio, puesto que esto "puede" llegar a suceder, pero no forzosamente, ya que en todo caso será necesario que como un acto posterior de autoridad, se haga la afectación individualizada de predios mediante la iniciación y trámite del expediente expropiatorio a través del acuerdo respectivo, con la publicación y notificación personal debida, a cada individuo afectado en su patrimonio.
Precedentes
Amparo en revisión 1444/51. J. Jesús Martín González y coagraviados. 26 de febrero de 1970. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ezequiel Burguete.