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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233835
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 11, Primera Parte; Pág. 42

AUTOMOVILES, IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE. NO HAY DOBLE TRIBUTACION POR SU ESTABLECIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 11, Primera Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo en revisión 4081/63. Industria Embotelladora de Campeche, S.A. 4 de noviembre de 1969. Unanimidad de quince votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Séptima Epoca: Informe 1969, página 184. Amparo en revisión 4147/62. Julián Bermúdez Monteverde. 26 de agosto de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 12, página 23. Amparo en revisión 4371/64. Compañía Mexicana de Aviación, S.A. 15 de julio de 1969. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Ernesto Solís López. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "AUTOMOVILES. NO HAY DOBLE TRIBUTACION POR EL ESTABLECIMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE.".
Registro digital (IUS): 233835