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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233846
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 12, Primera Parte; Pág. 48
LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA PARA EL AÑO DE 1965. ALCANCE JURIDICO DEL ARTICULO 12 DE LA LEY DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS EN RELACION CON DICHA LEY.
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 12, Primera Parte; Pág. 48
El artículo 12 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Morelos está previendo el caso excepcional de que cuando no se publiquen anticipadamente los presupuestos de ingresos y egresos, sigan en vigor los presupuestos del año anterior; pero ello no quiere decir que si en el caso a debate la Ley de Ingresos y Presupuestos de Egresos Municipales se publicaron hasta el día 6 de enero de 1965, los presupuestos de ingresos vigentes en el año de 1964 sigan en vigor después de esta publicación, sino que su vigencia sería en todo caso hasta el 5 de enero de 1965, toda vez que a partir del día 6 de enero del propio año, se encontraban ya vigentes los ordenamientos citados en primer término.
Precedentes
Séptima Epoca, Primera Parte:
Volumen 11, página 52. Amparo en revisión 1554/66. María Teresa López de Urueta. 4 de noviembre de 1969. Unanimidad de quince votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Volumen 11, página 52. Amparo en revisión 1372/66. Julio Cardoso Hernández y coagraviados. 25 de noviembre de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen 11, página 52. Amparo en revisión 2533/66. Ignacia Eulalia Pedroza y coagraviados. 25 de noviembre de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.
Volumen 11, página 52. Amparo en revisión 2903/66. Antioco Cortes y coagraviados. 25 de noviembre de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen 11, página 52. Amparo en revisión 2979/66. Blanca Pérez de Casas y coagraviados. 25 de noviembre de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.