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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233854
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 12, Primera Parte; Pág. 61

TENENCIA Y USO DE AUTOMOVILES, LEY DEL IMPUESTO. SOBRESEIMIENTO.

[J]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 12, Primera Parte; Pág. 61

Precedentes

Volumen 2, página 67. Amparo en revisión 9613/64. Fernando Octavio Pulido López. 11 de marzo de 1969. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen 7, página 53. Amparo en revisión 7874/66. Leopoldo Cortés Tapia. 22 de julio de 1969. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen 7, página 53. Amparo en revisión 9518/65. Felipe García Guajardo y coagraviados. 22 de julio de 1969. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ernesto Solís López. Volumen 7, página 53. Amparo en revisión 6158/64. Gas México, S.A. de C.V. y coagraviados. 29 de julio de 1969. Unanimidad de veinte votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen 7, página 53. Amparo en revisión 8594/64. Mateo Lara Arce. 29 de julio de 1969. Unanimidad de veinte votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, página 33, la tesis aparece bajo el rubro "AUTOMOVILES, LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA Y USO DE. SOBRESEIMIENTO.".
Registro digital (IUS): 233854