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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233878
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 8, Primera Parte; Pág. 39

MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, VISTA AL. AL ORDENARLA EL JUEZ DEL AMPARO, NO PREJUZGA DE MANERA ALGUNA SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LA RECURRENTE.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 8, Primera Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 9509/66. Aurora Hernández. 26 de agosto de 1969. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Séptima Epoca, Primera Parte: Volumen 6, página 53. Amparo en revisión 7793/66. Gil Rodríguez. 3 de julio de 1969. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, NO PREJUZGA EN MANERA ALGUNA, SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LA RECURRENTE EL DAR VISTA AL.".
Registro digital (IUS): 233878