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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 233955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 15
BANCA NACIONALIZADA, INSTITUCIONES DE. COMPETENCIA PENAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 15
Si el daño patrimonial causado por la conducta delictuosa se presenta en contra de una institución bancaria, es aplicable el criterio sostenido por esta Sala, de que los delitos cometidos contra el funcionamiento del servicio público federal que presta la banca a partir de su nacionalización, o los bienes afectos al mismo, corresponden a la esfera de la competencia federal, de acuerdo a lo previsto en el artículo 41, fracción I, inciso i), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 9/87. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito en el Estado de Chihuahua y el Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Benito Juárez de Ciudad Cuauhtémoc del referido Estado. 4 de mayo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena. Secretaria: María Edith Ramírez de Vidal.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA RELATIVA A INSTITUCIONES BANCARIAS.".