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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
233972
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 28

ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICION INDIRECTO O ERROR DE PERMISION.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 1472/86. Guadalupe Alvillar Catalán. 2 de febrero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Francisco Salvador Pérez. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volúmenes 205-216, página 21. Amparo directo 947/86. Jovito Pantoja Aragón. 6 de octubre de 1986. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Volúmenes 193-198, página 23. Amparo directo 5744/84. Pascal Maurice Pannier. 17 de enero de 1985. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Volúmenes 193-198, página 27. Amparo directo 7571/84. Amado Hernández Terán. 10 de enero de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Volúmenes 187-192, página 29. Amparo directo 2769/84. Enrique Enríquez Rojas. 27 de septiembre de 1984. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volúmenes 139-144, página 88. Amparo directo 7884/79. Raúl Hurtado Hernández. 13 de octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Secretaria: Josefina Ordóñez Reyna. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 148, página 84, bajo el rubro "ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICION INDIRECTO O ERROR DE PERMISION.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis relacionada con la jurisprudencia 107, página 229, bajo el rubro "ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICION. PARA SER EXIMENTE REQUIERE SER INVENCIBLE O INSUPERABLE.". Nota: En los Volúmenes 193-198, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICION, NO CONFIGURACION DE LAS EXCLUYENTES DE (DELITO CONTRA LA SALUD).". En los Volúmenes 193-198, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "ERROR DE HECHO SOBRE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL TIPO. DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE INTRODUCCION ILEGAL AL PAIS DE UNA DROGA.". En los Volúmenes 187-192, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "ERROR DE HECHO Y ERROR DE PROHIBICION CUANDO OPERAN COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD.". En los Volúmenes 139-144, página 88, la tesis aparece bajo el rubro "ERROR DE TIPO Y ERROR DE PROHIBICION. PARA SER EXIMENTE REQUIERE SER INVENCIBLE O INSUPERABLE.".
Registro digital (IUS): 233972