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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 64
SALUD, DELITO CONTRA LA . EXPORTACION ILEGAL DE MARIHUANA CONSUMADO Y NO TENTATIVA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 64
La fracción II del artículo 197 del Código Penal Federal se refiere a un tipo de formulación alternativa o alternativamente formado, en donde la conducta puede consistir en introducir o sacar ilegalmente del país vegetales o sustancias que se comprendan en las diversas fracciones del numeral 193 del propio código, o bien, se realicen actos tendientes a consumar tales hechos. Por lo tanto, cualquiera de las dos hipótesis consuman el delito, esto es, el ilícito es perfecto. Aun cuando de los hechos constituyan técnicamente una tentativa de exportación, porque no llegó a sacarse la droga del territorio nacional, para los efectos penales se está en presencia de un tipo de los también denominados en la doctrina de "resultado anticipado" o un "tipo cortado", en los cuales se sanciona el acto de tentativa como si se tratara de un delito consumado.
Precedentes
Amparo directo 2304/87. Crescencio Verdugo Nava. 12 de noviembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Carlos Enrique Rueda Dávila.